Página de información de ALQUITRAN DE HULLA0 y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:
| Otros Productos |
Proveedores de ALQUITRAN DE HULLA0 |
Ir menú Δ |
Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece ALQUITRAN DE HULLA0 o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de ALQUITRAN DE HULLA0. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar ALQUITRAN DE HULLA0, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:
| Empresa | Producto | Información de contacto |
|---|---|---|
| REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR cobertura: México | ALQUITRAN DE HULLA0, ALQUITRAN DE HULLA | Somos proveedores de ALQUITRAN DE HULLA0 en AURELIANO VALVERDE #10 Col. PRESIDENTES EJIDALES México, D.F. C.P. 04470 . México Datos y productos de REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR |
| Alquimia Mexicana cobertura: Nacional, Regional e Internacional | Alquitrán, Alquitrán de pino, Alquitrán de hulla | Ofrecemos Alquitrán en Cerrada de Colima 2-2 Apdo. Postal 7-843 Col. Roma MEXICO, D.F. C.P. 6700 . México Datos y productos de Alquimia Mexicana |
| Gerdau Acominas | Alquitran | Somos fornecedores de Alquitran en Rod. MG-443 Km. 07 Fazenda do Cadete Col. Ouro Branco C.P. 36420000 . Brasil Datos y productos de Gerdau Acominas |
| Droguería San Juan de Dios | Alquitrán, Alquitran | Somos suplidores de Alquitrán en . Colombia Datos y productos de Droguería San Juan de Dios |
| Cosipa | Alquitran | Ofrecemos Alquitran en Av. Do café 277 Sao Paulo, C.P. 4311000 . Brasil Datos y productos de Cosipa |
| CSN - Cia. Siderurgica Nacional | Alquitran | Somos un proveedor de Alquitran en Rua Lauro Mùller 116 - 36o Andar Centro Col. Rio de Janeiro C.P. 22299900 . Brasil Datos y productos de CSN - Cia. Siderurgica Nacional |
| Colcrudos cobertura: Latinoamérica | Alquitran, Alquitran de hulla | Somos proveedores de Alquitran en carrera 113 No. 15 C-06 Bogotá , . Colombia Datos y productos de Colcrudos |
| Acominas | Alquitran | Ofrecemos Alquitran en Rua inconfidentes Col. 871 Belo horizonte, . Brasil Datos y productos de Acominas |
| DIVSA cobertura: Latinoamérica | Alquitrán, Alquitrán de pino | Somos un proveedor de Alquitrán en Cerrada de Hidalgo No.3 Col. México Nuevo Ciudad de México, Distrito Federal C.P. 52966 . México Datos y productos de DIVSA |
| PIASDA cobertura: México | Alquitrán de hulla, Alquitran de Hulla | Somos proveedores de Alquitrán de hulla en Monterrey, Nuevo León . México Datos y productos de PIASDA |
| IMMEQ cobertura: Latinoamérica | Alquitrán de hulla, Shampoo de alquitrán de hulla, ALQUITRÁNDE HULLA | Ofrecemos Alquitrán de hulla en MARCO POLO # 2877
Col. COL. 18 DE MARZO GUADALAJARA, JALISCO C.P. 44960 . México Datos y productos de IMMEQ |
| FARBE MR cobertura: Regional, Nacional e Internacional. | Alquitrán de hulta | Somos un proveedor de Alquitrán de hulta en Mier y Pesado No. 107-A Col. Del Valle C.P. 31000 . México Datos y productos de FARBE MR |
| AMERIPOL CHEMICAL SA DE CV cobertura: Latinoamérica | Alquitran de Pino | Somos proveedores de Alquitran de Pino en Camino de las Cienagas MAnzana 32 Col. Cofradia 111 Cuatitlan, Edo. de Mèxico C.P. 54712 . México Datos y productos de AMERIPOL CHEMICAL SA DE CV |
| Suministro cobertura: Latinoamérica | Alquitrán de pino | Ofrecemos Alquitrán de pino en Calle 4 # 216 - 4 Col. Col. Granjas San Antonio México, D.F. C.P. 09070 . México Datos y productos de Suministro |
| Abaquim cobertura: México | Alquitran de Pino, Alquitran de hulla, Alquitran de Huella, Alquitran de Pino | Somos un proveedor de Alquitran de Pino en Cerrada de Colima No. 4 Col. Roma México, D.F. C.P. 6700 . México Datos y productos de Abaquim |
| Directorio de empresas | Catálogo de proveedores |
| Productos Relacionados |
Solicitudes de compradores de: ALQUITRAN DE HULLA0 |
Solicitar éste u otro producto Ir menú Δ |
| ID | Producto de Interés | Consumo | Ubicación | Puesto | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| 3794 | Compra de alquitran | 50000 Toneladas Anual |
Comprador de alquitran en BUENOS AIRES, Argentina | DIRECTOR |
PRODUCTO: Alquitrán de Hulla, se trata de un subproducto resultante del proceso de ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 45473 | Compra de alquitran | 100 Litros Bimestral |
Comprador de alquitran en México, México | Atención a Clientes |
Ing. Miguel A. Cuadra
Como parte del Programa de Aseguramiento de Calidad de QuimiNet, ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 51959 | Compra de alquitran | 100 Rollos Semestral |
Comprador de alquitran en MEXICO, México | RESIDENTE |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 199544 | Compra de Alquitran | 400 Kilogramos Mensual |
Comprador de Alquitran en valle, Colombia | administrador |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 312357 | Compra de ALQUITRAN | 50000 MMlb Mensual |
Comprador de ALQUITRAN en TEXAS, Estados Unidos | VP- OPERATION |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 383337 | Compra de Alquitrán | 20 Kilogramos Para pruebas |
Comprador de Alquitrán en D.F., México | Gerente de Administración |
Impermeabilización de vigas de madeera
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 939 | Compra de alquitran de hulla | 1e+06 Litros Anual |
Comprador de alquitran de hulla en , México | Esp. en Corrosion |
agradecere su comunicado
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 1376 | Compra de Alquitrán de Hulla | 1 Toneladas Anual |
Comprador de Alquitrán de Hulla en , México | COMPRAS |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 2134 | Compra de alquitran de hulla | 40000 Toneladas Anual |
Comprador de alquitran de hulla en , Argentina | DIRECTOR |
Producto: Alquitrán De Hulla (Coal Tar).
Posición arancelaria: 27060000100 o 27060000.
Cantidad: ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 3644 | Compra de alquitran abedul | 50 Kilogramos Anual |
Comprador de alquitran abedul en YUCATAN, México | jefe de investigaciòn |
Ver detalle Mensaje al comprador |
Clientes o compradores de: ALQUITRAN DE HULLA0 |
Si conoce compradores de este producto y desea compartir la información haga clic aquí Ir menú Δ |
Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere ALQUITRAN DE HULLA0 o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de ALQUITRAN DE HULLA0 o similares seleccionados:
| No. de Oportunidad | Comprador de ALQUITRAN DE HULLA0 | Ubicación del comprador | Cantidad requerida | Información de contacto | Opine y Califique |
|---|---|---|---|---|---|
| 138425 (12-Dic-2007) |
JOMALESA |
Coahuila, México |
1 Kilogramos Para pruebas |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 130646 (18-Nov-2007) |
INDEPENDIENTE |
JALISCO, México |
1 Toneladas Mensual |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 115608 (4-Oct-2007) |
comercial Fil-Mar |
oruro, Bolivia |
150 Toneladas Trimestral |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 111086 (20-Sep-2007) |
mogel construcciones sa de cv |
df, México |
750 Kilogramos Trimestral |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 111065 (20-Sep-2007) |
mogel construcciones sa de cv |
df, México |
750 Kilogramos Trimestral |
Ver detalle Mensaje al comprador |
Noticias que incluyen en su texto el término ALQUITRAN DE HULLA0 |
Ir menú Δ
|
Más Noticias relacionadas con ALQUITRAN DE HULLA0 |
Ir menú Δ |
Artículos que incluyen en su texto el término ALQUITRAN DE HULLA0 |
Ir menú Δ |
Si usted requiere información de ALQUITRAN DE HULLA0 que incluyan en su texto el término ALQUITRAN DE HULLA0 (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de ALQUITRAN DE HULLA0 y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:
En cualquier superficie, como en tuberías, plataformas, tanques de almacenamiento, tanques cisternas de buques, maquinaría, etc., el petróleo crudo, alquitrán y asfalto son muy difíciles de remover. Es por eso que Grupo Cirro Cooper S. A. de C. V., ha diseñado ASFANIL, especialmente para la remoción de petróleo crudo, asfalto y grasa pesada.
Grupo Cirro Cooper, es una empresa mexicana dedicada desde hace más de 15 años a la investigación y desarrollo de productos químicos para el mantenimiento industrial, preventivo y correctivo. Con más de 300 productos para satisfacer cualquier necesidad de limpieza.
ASFANIL, es un producto que penetra y remueve el petróleo crudo, asfalto, alquitrán y grasa pesada, como consecuencia que en su formulación se encuentran cítricos y poderosos emulsificantes, que logran que al contacto con el agua se disuelva el petróleo crudo, alquitrán, asfalto y la grasa pesada, quedando las superficies completamente limpias.
Cualquier depósito de alquitrán, asfalto, petróleo crudo o grasa pesada o suciedad difícil de remover, puede ser disuelto con ASFANIL, dejándolo efectuar su acción removedora y emulsificante durante cinco minutos y limpiando después con agua a presión. Es seguro de manejarse.
Aplique al producto concentrado ya sea rociado, empapado o derramándolo sobre el material a retirar. Deje que penetre durante unos minutos y luego limpie con agua a presión. Así también se limpian los vehículos que estén en contacto con el asfalto o alquitrán. Además, remueve la brea de dientes de engranes, mangos de pala, cubetas, etc.
Para limpiar tanques y depósitos de aceite, ASFANIL remueve el sedimento de los tanques de petróleo, elimina lo resbaladizo del aceite. Remueve inclusive aceite BUNKER “C”.
Para lavar camiones transportadores de aceites así como barcos, chalanes, refinerías y maquinaría de ingenios, ASFANIL es lo recomendable.
En plataformas, refinerías, astilleros, equipos de perforación y toda industria donde se maneja asfalto, alquitrán, betún o grasas pesadas, ASFANIL es indispensable para el cuidado, limpieza y mantenimiento de la maquinaría.
ASFANIL, cuya presentación es de color ámbar, puede utilizarse directamente o diluirse en agua.
ASFANIL es usado para limpieza rápida y económica en:
Dentro de algunos de los beneficios que ofrece el ASFANIL, se encuentran:
Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Grupo Cirro Cooper.
O bien, haga contacto directo con Grupo Cirro Cooper para solicitar mayor información sobre el desengrasante biodegradable ASFANIL.
| Variedades de crudos |
Los
petróleos crudos son mezclas complejas que contienen
muchos compuestos hidrocarburos que varían en
apariencia y en composición entre campos petroleros.
Los crudos tienen consistencias que van desde los que
son fluidos como agua hasta los que parecen sólidos
de tipo alquitrán, y en términos de color
hay algunos claros y otros incluso negros. Un petróleo
crudo promedio contiene cerca de 84% de carbón,
14% de hidrógeno, 1-3% de azufre y menos de 1%
de nitrógeno, de oxígeno, de metales y
de sales. Los petróleos crudos se clasifican
generalmente como parafínicos, nafténicos
o aromáticos con base en la proporción
predominante de moléculas de hidrocarburos similares.
Los crudos de base mezclada tienen cantidades variables
de cada tipo de hidrocarburo. La alimentación
base de las refinerías generalmente consiste
de mezclas de dos o más petróleos crudos
distintos.
Para clasificar los crudos en parafínicos, nafténicos,
aromáticos o de base mezclada, se realizan ensayos
relativamente sencillos sobre el crudo. Uno de ellos
(de la Oficina de Minas de los E.U.A.) se basa en la
destilación, y otro (factor K UOP) se basa en
el peso y puntos de ebullición. Los ensayos más
complejos determinan el valor del crudo (por ejemplo
su rendimiento y la calidad de productos útiles)
y los parámetros de proceso para el mismo. Es
usual agrupar a los crudos de acuerdo a su estructura
de rendimientos.
Características
y propiedades típicas aproximadas y potencial
para producir gasolinas de varios crudos
(Números promedio representativos)
| Fuente del crudo |
Parafinas | Aromáticos |
Naftenos | Azufre |
Gravedad
API |
Rendimiento
de naftenos |
Número
de octanos |
(%v/v) |
(%v/v) |
(%v/v) |
(%
w/w) |
(aprox.) |
(%v/v) |
(típico) |
|
| Nigeriano
ligero |
38 |
9 |
54 |
0.2 |
36 |
28 |
60 |
| Saudí
ligero |
63 |
19 |
18 |
2 |
34 |
22 |
40 |
| Saudí
pesado |
60 |
15 |
25 |
2.1 |
28 |
23 |
35 |
| Venezolano
pesado |
35 |
12 |
53 |
2.3 |
30 |
2 |
60 |
| Venezolano
ligero |
52 |
14 |
34 |
1.5 |
24 |
18 |
50 |
| E.U.A.
medio continente dulce |
- |
- |
0.4 |
40 |
- |
- |
|
| E.U.A. West Texas ácido | 46 |
22 |
32 |
1.9 |
32 |
33 |
55 |
| Mar
del norte |
50 |
16 |
34 |
0.4 |
37 |
31 |
50 |
En
cuanto a su composición, es común que
los crudos con bajo contenido de carbón, alto
contenido de hidrógeno y altas gravedades API
sean ricos en parafinas y tiendan a tener rendimientos
con mayores proporciones de gasolina y productos de
petróleo ligeros, mientras que los crudos con
altos contenidos de carbón, bajos contenidos
de hidrógeno y gravedades API bajas, sean ricos
en aromáticos.
Por otro lado, se les conoce como crudos ácidos
a aquéllos que contienen cantidades apreciables
de sulfuros de hidrógeno u otros compuestos azufrados
reactivos, mientras que los que tienen menos azufre
son conocidos como dulces.
Excepciones a lo anterior son los crudos West Texas
que siempre se consideran ácidos sin importar
su contenido de H2S y los crudos árabes de alto
contenido de azufre que no se consideran ácidos
porque sus compuestos que contienen azufre no son altamente
reactivos.
Los cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes.
Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238.
La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.
Los productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa.
Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones.
Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.
El Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido.
Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos.
Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.
Aunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10.
Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82.
El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.
Aunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.
Los cosméticos distribuidos en los Estados Unidos deben cumplir las regulaciones de la rotulación publicadas por la FDA, bajo la autoridad del FD&C Act y el FPLA. La rotulación significa todos los rótulos, etiquetas, material escrito, impreso, ilustrado en el empaque o acompañando un producto. Las afirmaciones exigidas bajo la autoridad del Acto FD&C deben aparecer en la parte interior lo mismo que en cualquier envase exterior o envoltura del producto. Los requisitos del FPLA, por ejemplo, la rotulación acerca de los ingredientes y la declaración de la cantidad neta del contenido en el panel principal, solamente corresponden a la etiqueta del envase exterior. Las demandas del rotulado están codificadas en el 21 CFR 701 y 740. Cosméticos llevando información falsa o engañosa o de cualquier manera no siendo rotulados de acuerdo con los requisitos, pueden ser catalogados como marcados falsamente y sujetos a acción reguladora.
El panel principal de exhibición, por ejemplo, es la parte del rótulo seguramente más exhibida o examinada bajo circunstancias normales de venta, (21 CFR 701.10) y generalmente lleva el nombre del producto. Este panel debe identificar describiendo por el nombre o por una ilustración, la naturaleza o uso del producto y ofrecer una descripción precisa de la cantidad neta del contenido del cosmético en el paquete en términos de peso, unidad de medida, o una combinación de unidad de medida y peso. La declaración debe ser clara y precisa, tal como lo ordena la regulación.
La cantidad neta de contenidos de un cosmético sólido, semisólido o viscoso, debe ser en términos de libras y onzas y una afirmación de medida líquida debe ser en los términos del galón norteamericano (U.S. gallon) de 231 pulgadas cúbicas, cuarto, pinta y subdivisiones de onza fluida de ahí en adelante. Si la cantidad neta del contenido sobrepasa una libra o una onza, debe ser expresada en onzas, seguida de un paréntesis ( ) por una declaración de la unidad entera más larga (por ejemplo, libras y onzas o cuartos y pintas y onzas). La cantidad neta del contenido, puede además manifestarse in términos del sistema métrico de pesos y medidas.
El nombre y dirección de la firma distribuyendo el producto, debe figurar en un panel de información del rótulo (21 CFR 701.12. La dirección debe ser completa con nombre de la calle, ciudad, estado y código postal (zip code). Si la firma aparece en la lista de una ciudad corriente o directorio telefónico, la dirección de la calle puede ser omitida. Si el distribuidor no es el manufacturero o empacador, esta información debe figurar en el rótulo por medio de la frase "Manufacturado por ..." o "Distribuido por ..." o un lenguaje similar.
La Ley de Tarifas o Legislación Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1304) exige que todos los artículos importados mencionen en el rótulo, el nombre del país de origen en el idioma inglés. (Véase también 19 CFR 134)
Todo el lenguaje y afirmaciones requeridas por las regulaciones deben ser presentadas en el idioma inglés y deben ser colocadas en los rótulos con claridad y prominencia, de manera que sean fácilmente vistos y comprendidos por los consumidores, bajo las acostumbradas condiciones de compra. (21 CFR 701.2).
Los cosméticos producidos o distribuidos al por menor a consumidores para su cuidado personal, deben llevar una declaración de ingredientes (21 CFR 701.3). Los cosméticos no distribuidos comúnmente en ventas al por menor, por ejemplo, preparaciones para el cabello o productos de maquillaje usados por profesionales en los consumidores en sus establecimientos, o limpiadores de la piel obtenibles por la clientela en sus sitios de empleo, están exentos de este requisito, siempre y cuando los productos no sean vendidos también en establecimientos profesionales, o lugares de trabajo para su consumo en el hogar.
La presentación de los ingredientes debe ser prominente, clara de manera fácil de ver y leer al comprarla. Puede aparecer en uno de los paneles de información del envase exterior, por ejemplo, en un panel de información del cartón plegadizo, caja o envoltorio si el envase inmediato está empacado así. Si no ha sido empacado en un envase exterior, debe aparecer en un panel de información del frasco, tubo o botella conteniendo el producto. La presentación de los ingredientes también puede aparecer en una etiqueta, cinta o tarjeta firmemente adherida al envase exterior. Las letras no deben medir menos de 1/16 pulgada de altura (21 CFR 701.3 (b). Si el total de la superficie disponible para lleval el rotulado es menos de 12 pulgadas cuadradas, las letras no pueden ser menos de 1/32 de pulgada en altura, (21 CFR 701.3 (p) ). La rotulación de ingredientes fuera del empaque es permitido cuando el cosmético ha sido mantenido en anaqueles o charoles, o herméticamente empacado en un cartón plegadizo cuya superficie de empaque es menor de 12 pulgadas cuadradas (21 CFR 701.3 (i) ).
Los ingredientes deben ser explicados en orden descendiente de importancia. Colorantes añadidos (21 VFR 701.3 (f) (3) e ingredientes presentes al uno por ciento o menos (21 CFR 701.3 (f) (2) ) pueden ser mencionados después de los ingredientes presentes, en concentraciones excediendo el uno por ciento sin tener en cuenta el predominio. Los ingredientes deben ser identificados por los nombres establecidos o adoptados por regulación (21 CFR 701.3 (c); aquellos aceptados por la FDA como exentos de información pública pueden ser mencionados como "y otros ingredientes" (21 CFR 701.3 (a) ).
Los cosméticos que a la vez son drogas deben identificar primero los ingredientes medicinales (si es más de uno), como "ingredientes activos" antes de enumerar los ingredientes de los cosméticos (21 CFR 701.3 (d) )
Cosméticos potencialmente peligrosos para los consumidores cuando son erróneamente usados deben exhibir advertencias apropiadas en el rótulo o etiqueta, a más de las instrucciones de seguridad para su uso. Las advertencias deben ser vistosas y aparecer en lugar prominente. Algunas cosméticos requieren advertencias y sugieren cautela en la manera prescrita por las regulaciones (21 CFR 740). Cosméticos en empaques a presión (aerosol) rociadores de desodorantes femeninos y ampollas para hacer burbujas de jabón para los bebés, son ejemplos de productos que deben llevar este tipo de advertencias.
Productos para la higiene oral (enjuagues refrescantes para la boca) y todos los productos cosméticos vaginales (duchas, tabletas) deben ser empaquetados a prueba de violación al ser vendidos al por menor. Un paquete es considerado a prueba de violencia cuando tiene un indicador o barrera de entrada (una cinta selladora, un cartón sellado, tubo, bolsa o recipiente aerosol), el cual al ser fracturado a la fuerza, alerta al consumidor que una violación ha ocurrido. El indicador deberá tener un diseño claro e inconfundible (tapa rompible, ampolla plástica) o apariencia (palabra, viñeta o ilustración) para imposibilitar la substitución. El distintivo a prueba de violación puede envolver el producto inmediato, el envase exterior o ambos. El paquete también debe mostrar en forma prominente una advertencia alertando al consumidor acerca del distintivo. Esta advertencia debe permanecer sin daño alguno aunque el distintivo sea destrozado o removido. Véase 21 CFR 700.25.
Para el cumplimiento de la ley, la FDA puede llevar a cabo exámenes e investigaciones, inspeccionar establecimientos en donde los productos han sido manufacturados o retenidos y embargar cosméticos adulterados (perjudiciales), falsamente marcados (incorrectamente, engañosamente rotulados o envasados). A productos extranjeros adulterados o falsamente marcados, les será rehusada la entrada a los Estados Unidos. Para prevenir futuros cargamentos de productos adulterados o falsamente marcados, la agencia tiene el derecho de solicitar de una corte de distrito federal, una orden de restricción contra el manufacturero o distribuidor del cosmético violador. Además, la FDA también puede iniciar acción criminal contra una persona violando la ley. Ejemplos de productos detenidos son preparaciones para las uñas conteniendo metilo metacrilato o formaldehido, algunos productos para teñir cejas y pestañas conteniendo combinaciones prohibidas de tintes de carbón-alquitrán y productos contaminados con microorganismos peligrosos.
Información adicional relacionada con los requisitos para el mercadeo de cosméticos debe ser dirigida a la Administración de Drogas y Alimentos, División de Colores y Cosméticos (HFF-440) 200 C Street SW, Washington, DC 20204. Preguntas con respecto a los requisitos para el mercadeo de productos que a la vez son cosméticos y drogas, también deben ser dirigidas a: Division of Drug Labeling, OTC Compliance Branch (HFN-312), 5600 Fishers Lane, Rockville, MD 20857.
Información obtenida de
Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos
Centro de Seguridad de Alimentos y Nutrición Aplicada
IAS* Folleto: 1992
http://www.cfsan.fda.gov/~mow/scos-hdb.html
Más Artículos relacionados con ALQUITRAN DE HULLA0 |
Ir menú Δ |
| Regístrese Gratis |
|
|
QuimiNet es el medio industrial más importante de Latinoamérica. QuimiNet no vende este producto ni ninguno otro, enlaza proveedores y clientes y ofrece información valiosa a la comunidad industrial. La información que se muestra en esta página fue generada por QuimiNet, provino de algún medio público o de algún usuario del portal. QuimiNet cree que es correcta mas no puede garantizarlo. Si el producto es una marca registrada, QuimiNet declara explícitamente que la misma no es propiedad más que de su legítimo dueño. Si usted quiere reportar algún asunto respecto a una marca de su empresa que aparezca en esta página favor de hacer clic mas abajo en la liga de políticas de uso. |
|
|
Acerca de QuimiNet.com
|
Contactar a QuimiNet
|
QuimiNet.com Teléfono para México, España, Centroamérica, Caribe: +52 (55) 5272-3100
Copyright © 2000 - 2012 Políticas de uso |
|